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Lesiones raquídeas concurrentes en una misma región. Como valorarlas (Ley 35/2015)

Imagen de dos fracturas vertebrales concurrentes en la región dorsal

La Ley 35/2015 obliga a considerar globalmente, por regiones, el caso en que concurran varias secuelas similares en una misma zona de la columna vertebral. Sin embargo, no proporciona criterios de cómo se ha de calcular el total correspondiente a cada región. En este articulo repasamos cual debería ser el método más apropiado y proponemos un sistema para la baremación de dichas lesiones.

Introducción.

Hay dos lesiones raquídeas para las que el baremo exige una consideración global por regiones, no importa cuántas lesiones nos encontramos en cada una de las zonas:

1. Fractura acuñamiento/aplastamiento (se considerará globalmente todo el segmento afectado de columna cervical, dorsal o lumbar)
a. Menos de 50% de altura vertebral (2-10)
b. Más de 50% de altura vertebral (11-15)
2. Cuadro clínico derivado de hernia/s discal/es correlacionable con el accidente. Se considera globalmente todo el segmento afectado de columna cervical, dorsal o lumbar) (1-15)

Sin embargo, la Ley no indica la forma en que ha de realizarse dicha consideración global. Es decir: no se indica si los resultados parciales de varias fracturas o hernias en una misma region deben sumarse aritméticamente o ponderarse de algún otro modo.

la Ley 35/2015 no establece de qué manera ha de efectuarse dicha consideración global en cada una de las regiones

Ya que el Baremo supedita todos los cálculos a un techo de 100 y la formula de Balthazard es usada para todas las puntuaciones, parece lógico que también ha de emplearse para calcular el techo de cada región vertebral, toda vez que la mera suma de las puntuaciones parciales por cada vertebra fracturada iría en contra de esta formula.

En la práctica, nos hemos encontrado muchas veces con valoraciones que consideran únicamente la secuela de mayor valor por segmento (cervical, dorsal, lumbar), argumentando que el resto no computa pues la Ley establece la equivalencia entre una lesión o varias por segmento.
Sin embargo, tanto la teoría general de restitución integral del daño corporal como el espíritu del propio baremo obligan a tener en cuenta todo el daño sufrido siempre y cuando no se estén baremando aspectos que implícitamente vayan incluidos en la lesión. Por ejemplo, una artrodesis implica ya una pérdida de la movilidad articular por lo que no podríamos valorar ambos déficits (artrodesis y déficit de movilidad) en un mismo caso y articulación.

En la columna, dos fracturas o dos hernias de disco concurriendo en una región comportan, cada una de ellas, una serie de déficits o limitaciones que pueden no ser idénticos, ya que cada lesión contribuye individualmente a las manifestaciones clínicas y déficits funcionales.

En consecuencia, es preciso encontrar un método que, sin menospreciar ninguna lesión, ofrezca la valoración integral por regiones a la que alude el Baremo. Veamos cómo podemos dar solución a este problema.

Valoración y propuesta de solución

La propia fórmula de Baltazhard ofrece un método de ponderación del daño que contiene un techo de baremación que nunca podemos superar (100 puntos). Es algo así como decir que nunca podremos tener más déficit que el 100% de la capacidad, aparte, claro está, del daño estético.

La fórmula proporciona, por tanto, un grado de menoscabo respecto un techo y, en consecuencia, tras aplicarla, una persona con 28 puntos tendría un 28% de menoscabo.

Si consideramos que la Ley a obliga a tener en cuenta cada región vertebral como un todo, podríamos deducir que cada fractura vertebral o cada hernia de disco contribuye individualmente al menoscabo global de la región, pero, articuladas todas las lesiones que se dan en ella no podrían superar el techo de menoscabo que corresponda a cada región raquídea.

En consecuencia, para calcular dicho techo por región, podríamos considerar el mayor daño posible a la misma y emplear la fórmula de Balthazard para calcular el menoscabo que todas las lesiones en una zona (cervical, dorsal o lumbar) generan respecto de dicho techo regional

Calculo del techo regional mediante la fórmula de Balthazard

Se efectuaría teniendo en cuenta el máximo daño posible en una región:

Veamos como ejemplo el techo cervical.

Techo cervical: El mayor daño posible sería un paciente con 15 puntos por cada vertebra aplastada que tuviera todas aplastadas. Aplicando la fórmula de Balthazard con 15 puntos por cada una de las 7 vertebras y un techo de 100, se obtienen: 70 puntos. Este sería un paciente con el mayor daño posible en una región, la cervical, que solo tuviera esa secuela, por lo que el resultante nos dice cuánto contribuiría dicha secuela al menoscabo corporal del 100%.

Los techos restantes, serían:

Techo dorsal: 12 vertebras dorsales articulado mediante la fórmula con 15 = 86 puntos
Techo lumbar: 5 vértebras lumbares articulado mediante la fórmula con 15 puntos: 57 puntos.

La siguiente tabla contiene los techos de puntos

Techos de daño por regiones
Lesión Región Puntos
Fracturas vertebrales Cervical 70
Dorsal 86
Lumbar 57
Hernias de disco Cervical 86
Dorsal 70
Lumbar 57

Ejemplos

Pongamos un ejemplo de la aplicación de estos techos.

Varias fracturas o lesiones solo en una región

Paciente con tres fracturas acuñamientos vertebrales D7, D8 y D12. D7 y D8 tienen menos del 50% de acuñamiento, pero D12 supera dicho porcentaje. Los puntos otorgados a cada una de ellas son:
En el caso que nos ocupa:
D7=4
D8=5
D12=12
Fórmula
[[(86 – M) x m] / 86] + M
Total 21 puntos ya que todas las lesiones están en la región dorsal.

Fracturas o lesiones en dos regiones

Por ejemplo, un paciente con fracturas en C7, L1, D7, D8 y D12

Cervical
C7=4 puntos (Al no existir lesiones concurrentes, esta puntuación es la de la región cervical)
Lumbar
L1= 4 puntos (Al no existir lesiones concurrentes, esta es la contribución de la región lumbar)
Dorsal
Aplicamos la fórmula de Balthazard a la región dorsal que sí tiene lesiones concurrentes:
D7=5
D8=6
D12=12

Resultado = 22 puntos

Contribución de cada una de las regiones consideradas globalmente:

  • Cervical…..4 puntos
  • Dorsal….22 puntos
  • Lumbar….4 puntos

Si el paciente no tiene más secuelas, pasamos estos resultados a la fórmula de Balthazard pero con un techo de 100:
[[(100 – M) x m] / 100] + M
Total 29 puntos
Si tiene más secuelas, la puntuación de cada región de la columna entraría en la fórmula junto al resto de secuelas de otras partes corporales, con un techo de 100.

 

Veamos otro ejemplo:

Una única lesión en dos regiones

Cervical:
C5=6
C7=10
C8=12
Lumbar
L1= 4
L2=6
L3=10
Los cálculos son
Región cervical
[[(70 – M) x m] / 70] + M= 26 puntos

Región lumbar
[[(57 – M) x m] / 57] + M =19 puntos

Estos dos valores, se incluirían como secuelas individuales en la fórmula de Balthazard general con un techo de 100.

Metodología para las hernias de disco

La misma metodología puede seguirse con las hernias de disco. Los techos para las hernias de disco serían:
Región cervical
Numero de discos = 7 (incluyendo C7-D1); Techo: 7 x 15 = 86
Región dorsal
Numero de discos = 12 (incluyendo D12-L1)= 70
Región lumbar
Numero de discos 5, incluyendo L5-S1= 57

Para saber más…

C. Alsina, E. Trillas and C. Moraga. Combining Degrees of Impairment:The Case of the Index of Balthazard. Mathware & Soft Computing 10 (2003) 23-41.


Autor de la entrada: Dr. José Aso Escario

El Dr. Aso Escario es Doctor en Medicina y Cirugía, Medico Forense, Especialista en Medicina Legal y Forense, Especialista en Neurocirugía, Profesor Universitario acreditado (ANECA) y miembro correspondiente de la Real Academia de Medicina de Zaragoza.

Cuenta con más de 30 años de experiencia en el campo de la Medicina Forense y es autor de varios libros sobre el tema así como de numerosos artículos, tanto en revistas nacionales como internacionales.

Ha dirigido cursos de especialización y formación para Médicos Forenses en España e impartido numerosas conferencias y seminarios sobre Medicina Legal.

Además de en otros aspectos de la Medicina Forense, es un autor acreditado, en particular, como experto en problemática médico-legal del Sistema nervioso y de la columna vertebral, dada su condición adicional de Especialista en neurocirugía.

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Aso Escario José. Aspectos médico-legales de la enfermedad trombo-embólica y la embolia pulmonar. Blog de Medicina Legal. Disponible en: https://www.peritajes-medicos.es/blog-de-medicina-legal/aspectos-medico-legales-de-la-enfermedad-trombo-embolica-y-la-embolia-pulmonar/. Publicado el 8 de Agosto de 2018. Accedido el 9/8/2018

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