Se conoce como SCIWORA (acrónimo de “Spinal Cord Injury Without Radiographic Abnormality”) a la ausencia de lesión en la radiografía simple y la Tomografía Computada, en presencia de un paciente con déficit neurológico de origen medular ([1],[2],[3]).
El concepto fue introducido por Pang y Wilberger en 1982 [2] e, inicialmente, se acuñó para casos pediátricos, y, dentro de ellos, para la región cervical.
La identificación de cuadros de este tipo en la población adulta obligó a modificar el termino acuñándose el acrónimo SCIWORET (“spinal cord injury without radiologic evidence of trauma”) ya que en la edad adulta, generalmente, existen anormalidades radiológicas relacionadas o no con el traumatismo, por lo que no quedarían incluidos en el SCIWORA ([4]).
Inicialmente, estos casos eran evaluados con la tecnología existente (radiografías simples y TC), pero el advenimiento de la RM, permitió demostrar lesiones en la médula en pacientes con radiología simple y TC normales. En consecuencia, algunos SCIWORA, serian, en realidad, lesionados medulares en los que el TC y la radiología simple eran normales, pero no así la RNM.
Sin embargo, se siguen describiendo casos de lesiones medulares sintomáticas con RNM normal en alrededor de un 10% de los SCIWORA ([5],[6]). En estos casos en que las pruebas de imagen, incluida la RNM, son normales pero existe daño medular clínico, se propone hablar de SCIWNA, o “spinal cord injury without neuroimaging abnormality” ([7]).
No obstante, en la práctica, se sigue hablando de SCIWORA en los casos con daño medular evidenciado en la RNM, pero con normalidad del resto de las pruebas ([8]).
En resumen, la base de todos estos cuadros es la disociación entra la clínica (síntomas o signos con afectación neurológica) y la Radiología (Rx,TC, RNM normales).
Estos casos plantean un doble reto. Por un lado, asistencial, ya que obligan a profundizar en el diagnostico mediante otras pruebas no radiológicas.
Por otro, tiene interés medicolegal, ya que pueden darse diferentes circunstancias de relevancia forense.
Un ejemplo es la Ley 35/2015 española ([9]) la cual establece que un traumatismo espinal en el que los síntomas estén basados en el dolor y las pruebas complementarias sean normales, debe considerarse un traumatismo vertebral menor (TVM). Este tipo de traumatismos sólo excepcionalmente da lugar a secuelas, y éstas son, además, menores. Adicionalmente, debe indemnizarse solo como lesiones temporales.
En consecuencia, existe el riesgo de que algunos SCIWORA o SCIWNA puedan, erróneamente, ser considerados TVM, máxime si los datos clínicos (que, por cierto, la Ley omite) no son analizados y valorados de manera experta y detallada.
Podríamos ver a la médula espinal como un cilindro dividido en “pisos”. Cada piso se encarga de una región del cuerpo que se llama metámera y emite dos pares de nervios que se denominan nervios espinales
La médula comienza en la unión del cráneo con la columna vertebral (región conocida como charnela occipito-atloidea) y termina a la altura de la doceava vertebra dorsal o la primera lumbar (D12-L1) en forma de cono. De ahí que a esta región se la denomine cono medular.
Por debajo de D12-L1 no hay médula sino nervios (raíces espinales) que se encuentran flotando en un líquido (líquido cefalorraquídeo o LCR). Tales nervios simulan un penacho similar a la cola de un caballo, por lo que reciben el nombre de “cola de caballo” o “cauda equina”.
Toda la médula está cubierta por meninges y bañada por liquido (LCR). Se encuentra anclada al sacro por una especie de ligamento denominado “filum terminale”. En el desarrollo embrionario, la médula debe ascender dentro del conducto medular y a veces este ligamento no lo permite.
En tal caso, se habla de médula anclada (o “tethered cord”). A veces, este cuadro produce síntomas en la región del cono o más arriba, en la charnela occipito-atloidea. La RNM puede informarse como normal si no se tiene en cuenta la anormalidad de posición del cono.
El síndrome de médula anclada es un raro que, en mi experiencia, produce pocos problemas de causalidad medicolegal pues son lesiones antecedentes al traumatismo, y no susceptibles de descompensación por éste, pero evaluados de manera inexperta pueden plantear problemas.
Hemos comentado que la médula se halla organizada en pisos, cada uno de los cuales, da inervación a una región del organismo que se llama metámera. Las metámeras son importantes pues nos proporcionan un mapa de funciones que puede dibujarse en la superficie del cuerpo.
De esta manera, dicho mapa metamérico, permite averiguar cuál es el piso medular dañado, y, una vez conocido, situarlo al nivel de la vértebra donde se encuentra. Esto es así pues no existe una correspondencia entre el nivel medular y el vertebral. Es decir, un daño medular D11 no corresponde exactamente a la vértebra D11.
Así, para determinar qué segmento medular se encuentra adyacente a una vértebra dada, de C2 a D10 se deberá sumar 2 al número de la apófisis espinosa.
Otra característica importante de la médula es que entre D11 y L1 (una zona relativamente pequeña de la médula) se encuentran los 11 segmentos espinales más bajos (de L1 a L5, de S1 a S5 y los coccígeos). Estos últimos S2-S5 controlan esfínteres y función sexual.
Ello quiere decir que lesiones circunscritas a dicha región, se saldan con repercusiones funcionales muy importantes y muy extensas.
Respecto a la charnela occipito-cervical, se pueden producir inestabilidades que condicionan evolutividad crónica en esguinces cervicales, aunque hay bastante controversia al respecto y no hay unanimidad respecto a la importancia de lesiones menores a este nivel en tales casos.
La metámera C4 es también una región importante pues supone el origen de la inervación del diafragma, musculo este esencial en la respiración. Ello ensombrece el pronóstico de las lesiones situadas por encima de este nivel, al privar al paciente de la respiración diafragmática.
Podemos esquematizarlas de la siguiente manera:
Veamos un breve repaso de las mismas.
Presenta la ventaja de una visualización rápida del hueso.
La pérdida de la lordosis, tantas veces presente en los informes radiológicos, no es, en sí misma, evidencia de traumatismo cervical con espasmo muscular resultante, sino que puede representar simplemente una variante normal ([10]).
La radiografía simple permite secuencias dinámicas que, interpretadas de manera correcta y especializada, pueden orientarnos sobre la producción de inestabilidades, de importancia a veces en lesiones por latigazo que han generado mínimas subluxaciones vertebrales, difíciles de ver en los estudios con radiología estática.
Así, las radiografías en flexión y extensión pueden ser útiles para valorar la inestabilidad, pero no suelen realizarse de rutina en la exploración inicial.
Ralston et al., apuntan que es poco probable que estas proyecciones muestren inestabilidad aguda inicialmente en muchos traumatismos cervicales ([11]). Pollack et al. Recomiendan esperar de 2 a 4 semanas antes de realizar radiografías en flexo-extensión para evitar los problemas del espasmo muscular ([12]).
Todo esto tiene cierta importancia pues los hallazgos patológicos pueden no ser evidentes inmediatamente después del accidente, lo que obliga a tener este hecho en cuanta dentro del criterio temporal de causalidad.
Proporciona una buena visualización del hueso, pero no es una prueba apropiada para una detallada inspección de las partes blandas. No es útil, tampoco, para valorar la médula. Sin embargo, permite exploraciones dinámicas de sumo interés en casos complejos, como es la Mielo-TC o incluso la discografía-TC.
La mielografía TC consiste en la introducción de contraste en el LCR, basculando después al paciente con la finalidad de comprobar si el contraste fluye libremente por el conducto medular o existe algún stop a un determinado nivel. Esta prueba es útil, por ejemplo, en casos con material metálico implantado que producen artefactos en la RNM.
La RNM ve mal el hueso morfológicamente pero puede distinguir entre lesiones recientes y antiguas.
Es muy útil para valorar la médula (“gold standard”), así como las partes blandas. A destacar que existen secuencias capaces de detectar lesiones ocultas o valorar su data (“Forensic bruise”).
La Resonancia Magnética (RM) es la herramienta de diagnóstico más adecuada para casos con sospecha de lesión medular. Pero debe incluir secuencias como: Spin-echo T1 (T1 SE), gradient-echo T2 (T2-weighted GRE) y STIR (“short-term T1 inversion recovery”) o similares (1). El perito habrá de valorar si tales secuencias se realizaron en el examen inicial, ya que, de otro modo, puede tratarse de un estudio incompleto.
Esta es una cuestión importante pues, a veces, no se realizan las secuencias apropiadas. En este sentido, se ha comunicado que la secuencia STIR es la más adecuada para el despistaje de lesiones traumáticas en el raquis. En esta secuencia, las lesiones, por su luminosidad, aparecen como luces de alta intensidad, calificándose el signo como “forensic sentinel sign” ([13]).
Numerosos trabajos señalan la utilidad de esta secuencia como modo de “screening” en traumatismos menores ([14],[15],[16]), enfatizando su utilidad para detectar lesiones en ligamentos que, de otro modo, pasarían desapercibidas ([17]).
En consecuencia, podríamos decir que una RM precoz que no incluya esta secuencia u otras similares sería escasamente válida a efectos periciales al poder pasar inadvertidas lesiones agudas en partes blandas y ligamentos.
Otras técnicas RNM tales como la espectroscopia RNM, la DWI (diffusion weighted imaging), MRT (“Magnetic resonance transfer”) que puede ser de utilidad, han sido revisadas por nosotros en un artículo ([18]). No obstante, estos procedimientos están todavía sin validar claramente y pueden arrojar falsos positivos ([19]).
Son posibles también RNM dinámicas o funcionales, que se obtienen con el paciente realizando carga o movimientos y pueden demostrar alteraciones que no aparecen con el paciente tumbado.
Elliot et al. ([20]), comunicaron casos de esguinces cervicales en fase crónica que presentan similaridades clínicas con lo que cabría esperar de una lesión medular incompleta. Estos autores hallaron evidencias de daño en los tractos espinales, infiltración muscular grasa, y signos biomecánicos que suelen describirse en lesiones medulares incompletas. Plantean que es posible que casos similares no sean reconocidos en la práctica, por lo que estos autores sugieren realizar exploraciones más detalladas, incluyendo RNM funcional.
En ocasiones, la RM de la región afecta puede ser normal, pero existir lesiones a distancia en el raquis. Si estas regiones no están incluidas en la RNM, puede que esta sea normal. Es conveniente, por tanto, que el estudio incluya una amplia zona del raquis que se sospecha afecto, o a veces más de una región, pues existe el problema de las lesiones no contiguas ([21]).
La tomografía computarizada por emisión de fotón único (SPECT) es una prueba diagnóstica de Medicina Nuclear que emplea radiofármacos. La diferencia con el PET está en el radiofármaco y en la cámara que se utiliza. En ambas técnicas lo que se detecta es radiación gamma.
El radiofármaco es un medicamento marcado con una sustancia radiactiva que se administra a través de una vena. La sustancia a emplear depende del órgano a estudiar o de la patología.
La emisión gamma procedente del radiofármaco es captada por una gammacámara que realizará un examen de la zona a estudiar (cabeza, tórax, abdomen, pelvis…). Para localizar mejor la zona a estudiar se puede realizar en combinación con la tomografía computarizada (SPECT-TC y PET-TAC).
Estas pruebas proporcionan información sobre la función del órgano estudiado y las posibles alteraciones a nivel molecular.
Son capaces de detectar procesos biológicos en curso, por lo que podrían ser de utilidad tanto a nivel de hallazgos espino-medulares, como en tejidos blandos extrarraquídeos, como ligamentos o músculos.
Algunos trabajos señalan que tanto el SPECT como el PET podrían añadir mayor capacidad de objetivación en casos de pacientes con whiplash en un contexto médico-legal ([22]), pero son técnicas muy pioneras en este campo y requieren, probablemente, de mayor experiencia y validación a tales fines.
Los estudios neurofisiológicos son útiles para determinar el nivel de una radiculopatía, su cronicidad, su grado de severidad, particularmente cuando la historia del paciente y el examen clínico son inadecuados para el diagnóstico ([4]). También resultan de utilidad en diferenciar procesos que son clínicamente indistinguibles ([23]).
El problema de estas técnicas es que son muy operador-dependientes, y se emplean referencias de normalidad que varían bastante según las instituciones
Otro problema es que estos estudios usualmente no evalúan fibras sensitivas y son poco sensibles a las lesiones desmielinizantes. También son poco o nada específicas ya que una lesión radicular por diferentes causas (hernia, tumor, pinzamiento, fibrosis, etc.) puede producir similares hallazgos neurofisiológicos.
Por otro lado, una concordancia total entre el diagnostico neurofisiológico y la RNM se alcanza solo en algo más de la mitad de los casos, lo que parece un resultado pobre. La sensibilidad de la EMG en pacientes con radiculopatía sospechada clínicamente va del 49 al 86 % con una media del 54 % (23).
También se ha señalado que estas pruebas requieren colaboración del paciente, y que si se toman aisladamente puede incurrirse en errores importantes o, incluso, ser contraproducentes (23).
En otras palabras, la EMG como medio de demostrar una lesión neurológica expresada clínicamente debe verse con cautela pues, como vemos, no puede tomarse aisladamente como un método completamente fiable a tal efecto.
En el caso de los potenciales evocados, la fiabilidad es mayor en las lesiones medulares. Pang et al han descrito el empleo de potenciales evocados somato-sensoriales para el diagnóstico del SCIWORA (1). No obstante, existen posibilidades de falsos positivos y negativos ([24],[25]). Por ejemplo, el uso de fármacos con acción sobre el sistema nervioso central puede interferir los potenciales y dar lugar a falsos positivos o negativos.
Hay que señalar también que la modalidad del potencial puede inducir a falsos negativos. Así, si se explora solo el potencial motor, estamos testeando las vías motoras que se sitúan en la parte antero-lateral de la médula.
Los potenciales evocados somato sensoriales, exploran, por el contrario lado las vías cordonales, principalmente posteriores. De esta manera, puede que alguna de estas modalidades sea negativa y si no se realiza la otra, no podría asegurarse la indemnidad de la médula en su conjunto.
Se cree que los procedimientos neurofisiológicos estarían indicados preferentemente cuando existe discrepancia entre los hallazgos clínicos y la RNM, o bien cuando los signos RNM son no visibles, vagos o inciertos (23).
En los traumatismos vertebrales existe posibilidad de daño de la arteria vertebral, la cual discurre por unos orificios que tienen las vértebras cervicales (agujeros transversos) y puede ser vulnerable a las solicitaciones mecánicas que se dan en los accidentes con repercusión cervical.
Uno de los efectos de dichos accidentes sobre la arteria vertebral es la elongación, lo que puede llevar a rotura de su capa interna permitiendo a la sangre entrar en ella pared arterial y ocluir el vaso. Esto se conoce como disección arterial.
La incidencia de disecciones arteriales en el grupo de pacientes con traumatismos cervicales menores es mayor que en la población general (1.6 vs. 0.0041%) ([26]).
El inicio de los síntomas cerebrovasculares puede darse desde 4 á 12 meses del accidente, lo que plantea evidentes problemas médico-legales de causalidad.
También se han detectado tasas de flujo sanguíneo alteradas en esta arteria en pacientes con esguince cervical y se han relacionado con los síntomas crónicos ([27]).
El eco-doppler puede ser una buena prueba para detectar estos cuadros, así como otros relacionados con el flujo de la arteria vertebral como ocurre en el síndrome de desfiladero cérvico-torácico, cuadro infrecuentemente diagnosticado ([28]). La prueba permite, mediante ultrasonografía, realizar estudios detallados de flujo tanto arterial como venoso y también permite estudiar funcionalmente la circulación cervical en determinadas posturas.
El estudio vascular puede completarse con pruebas de imagen con contraste, como el Angio TC o la Angio RNM
Se están desarrollando en la actualidad pruebas de laboratorio capaces de detectar algunas proteínas del sistema nervioso que no pasan la barrera hematoencefálica en condiciones normales y que, por tanto, no se detectan en sangre normalmente.
Su hallazgo en la sangre indicaría un daño de la barrera que mantiene el sistema nervioso central separado de la sangre (barrera hematoencefálica), y deben verse entonces como un marcador de daño encéfalo-medular.
También se está estudiando la significación de determinados marcadores de inflamación, como la proteína C reactiva, para corroborar la lesión de músculos o de la grasa, lo que corroboraría la existencia de un traumatismo agudo o de cierta entidad ([29],[30],[31],[32],[33]).
Se trata, de nuevo, de procedimientos, por el momento, no suficientemente validados pero con bastante futuro y que pueden ser de utilidad al algún caso pues probarían un daño estructural oculto a las pruebas de imagen.
Es posible también que las pruebas iniciales sean normales o inespecíficas y que, si se realiza un control un tiempo después, se encuentren signos de daño medular ([34]).
De hecho, se sabe que que la anormalidad electromiográfica no se registra inmediatamente, sino que aparece usualmente a las dos semanas de una lesión neural.
También puede ocurrir otro tanto el caso de las radiografías dinámicas y las lesiones vasculares, así como en la RNM.
Todo ello está en relación directa con el criterio médico-legal cronológico, por lo que deberíamos ser cautos en el límite que la Ley 35/2015 establece al respecto de los traumatismos cervicales (72 horas).
Igualmente, tiene interés considerar la necesidad den bastantes casos de repetir las exploraciones y valorar cambios en los hallazgos pues las lesiones son un elemento dinámico y no estático.
En este cuadro hay anormalidades radiológicas, pero se plantea su relación con el daño medular. Es, por tanto, un problema de concausalidad relacionado con el estado anterior. Un ejemplo es el Síndrome de Schneider. Otro la es enfermedades desmielinizantes descompensadas.
Schneider et al. ([35]), describieron un síndrome con lesión centromedular en pacientes con canal medular estrecho por cervicoartrosis que habían sufrido un traumatismo por hiperextensión.
En el adulto, una característica frecuente es la concurrencia de espondilosis cervical.
En estos casos, la presencia de barras discoartrósicas posteriores, así como de redundancia de los ligamentos debidas a telescopage, pueden dar lugar a daño centromedular incluso después de una leve hiperextensión ([36]).
Algunos autores señalan otra posibilidad etiológica, la tracción de la médula desde las raíces o nervios más distales, como el nervio ciático o los torácicos, en mecanismos de flexo-extensión del raquis ([37],[38],[34]). Esta causa es interesante ya que podemos estar ante un estiramiento o arrancamiento radicular, que muchas veces pasa desapercibido.
Otro caso de interés es la posibilidad de descompensación de una enfermedad desmielinizante, como la esclerosis múltiple (EM). Durante muchos años se ha creído que los traumatismos originaban empeoramientos en los enfermos de EM, sin embargo no existían estudios epidemiológicos concluyentes que permitieran aportar una evidencia en este sentido.
Desde hace tiempo se sabe que la EM puede empeorar tras situaciones como el ejercicio y las exposiciones al calor. Es lo que se conoce como Fenómeno de Uthoff ([39]). Sería, por tanto, planteable que los traumatismos podrían actuar en el mismo sentido, empeorando la clínica o la evolución de la EM a través de las diversas circunstancias que concurren en ellos.
En el estado actual de conocimiento, la relación causa efecto no está clara. De hecho se admite que se necesitan trabajos en este sentido para confirmar o descartar de plano dicha relación ([40]).
Los trabajos epidemiológicos parecen apuntar hacia la no comprobación definitiva de una relación causa-efecto entre los traumatismos y la aparición o agravamiento de la EM ([41]). Pero existe una fuerte evidencia teórica, clínica y neuropatológica, en favor del papel que los traumatismos de cierta entidad (sobre todo los que afectan al Sistema Nervioso Central) podrían desempeñar en el origen o en la agravación de la EM ([42]).
También se ha destacado el papel del estrés postraumático. Existen trabajos que apoyan una relación significativa entre la EM y el estrés o los acontecimientos psico-traumatizantes ([43]).
En tos estos casos y otros similares, procede un análisis de la participación del mismo en el cuadro, ya que sin la concurrencia del estado anterior, las lesiones no se habrían producido o habrían sido menores.
Igualmente, puede quebrarse el criterio de proporcionalidad ya que son posibles graves lesiones por traumatismos de baja energía en estos casos.
Las causas de una lesión neural con aparente normalidad radiológica, podrían ser resumidas como sigue:
Caben las siguientes posibilidades:
Será necesario evaluar en cada caso si se han realizado las secuencias necesarias, si son precisas otras exploraciones como la RNM funcional, Espectroscopia RNM, Estudios con contraste, etc.
Este análisis debe ser experto, es decir, realizado por profesionales especializados en estos temas ya que como vemos se requieren a veces pruebas sofisticadas con necesidad de interpretación por profesionales con experiencia en estos temas.
A veces, existen artefactos que impiden la visualización de la lesión medular. Esto es especialmente frecuente cuando existen implantes metálicos.
A destacar el papel en estos casos de exploraciones como el Mielo-TC que permiten detectar obstrucciones al flujo libre del contraste en el canal medular evitando señalando el stop la región de la lesión.
Son posibles errores de interpretación del radiólogo, del clínico o de ambos. Resulta interesante detectar esta posibilidad para lo cual deben examinarse las imágenes y no solo los informes de Radiología.
Hay que tener en cuenta que el informe radiológico responde a una indicación asistencial, pero no pericial, por lo que hallazgos de interés pericial pueden ser omitidos o no considerados.
En tal caso, más que un error habría que considerarlo un vicio en origen pues el informe radiológico responde a un fin exclusivamente asistencial y cualquier interpretación pericial del mismo (no así de las imágenes digitales) constituye un sesgo.
En muchas ocasiones vemos que los peritos basan sus dictámenes en los informes radiológicos sin haber analizado las imágenes o sin tener experticia en la interpretación de las mismas. En mi opinión, ello debilita, cuando no destruye, cualquier valoración que pudiera hacerse del caso a efectos periciales.
Los errores radiológicos han sido analizados y clasificados en un interesante trabajo que conviene repasar siempre que nos encontremos ante esta posibilidad ([44]).
Hubo anormalidad Rx, pero ha desaparecido cuando se realizan las pruebas necesarias
Es una situación relativamente frecuente, sobre todo en traumatismos que inicialmente aparentemente no revistieron gravedad, cono es el caso de numerosos esguinces cervicales. Vimos algo al respecto al hablar de la patocronia.
Al no realizarse pruebas detalladas de entrada, estamos ante una pérdida de oportunidad diagnostica de un cuadro cuyos hallazgos radiológicos existían pero han desaparecido con el tiempo.
En estos casos, el estudio de causalidad es el principal problema, limitando el análisis a una labor retrospectiva basada en los criterios de causalidad medicolegal de Simonin y de Bradford-Hill ([45],[46]).
En este análisis tiene gran valor la anamnesis experta de los síntomas previos, así como la sintomatología actual y la exploración clínica, a la búsqueda de signos sutiles que valorados por el ojo experto, pudieron orientar sobre la causalidad médica.
En trabajos que hemos publicado sobre el problema de la simulación ([47]), se ha constatado que, en la práctica, los criterios que las clasificaciones internacionales como la DSM exigen para hablar de simulación (producción intencionada de síntomas exagerados o falsos) no suele ser muy común.
La mayoría de los pacientes que aparentemente exageran o simulan, no tienen una intención deliberada de fingir, sino que presentan un estilo de respuesta ante el traumatismo y sus consecuencias que se aparta de la normalidad.
A veces son reacciones psicológicas a los eventos que acompañan al accidente, otras responden a contaminación legal en cuadros que, como el esguince cervical, no son una patología solo médica sino que incluyen condicionantes como expectativas de ganancia y otros.
Por ello, más que de simulación, preferimos hablar en estos casos de estilo de respuesta distorsionado o no fidedigno, reservando el término “simulación” a las situaciones en que se comprueba una intención deliberada de exagerar o falsear.
La estrategia de diagnóstico de estos cuadros pasa por sistematizar la respuesta del paciente, de manera que puedan identificarse marcadores de dicho estilo distorsionado o no fidedigno. Si son muchos, la fuerza diagnostica será mayor. Resumimos estos marcadores como:
Como ejemplo, podemos citar los resultados de las pruebas biomecánicas, las cuales no prueban que un paciente miente, sino que solo demuestran discrepancias entre lo que dice poder hacer y lo que las referencias biomecánicas dicen que debería hacer.
Otro ejemplo son los seguimientos, que demostrarían también otra discrepancia entre la clínica del paciente (dolor, limitaciones) y su conducta en discordancia con el nivel de queja o limitación de movilidad.
Una prueba radiológica normal en un paciente que tiene síntomas o signos de daño neural (SCIWORA) sería, también, una discrepancia y debe ser investigada en profundidad, tal y como venimos hablando a lo largo del presente trabajo.
La presencia de un conjunto de estos marcadores pone en la pista de un estilo de respuesta distorsionado o no fidedigno, cuyas causas habrá que investigar en cada caso para concluir si se trata de una simulación verdadera o responde a otros factores de distorsión a tener en cuenta en la valoración del daño.
En estos casos, se hace necesario acudir al resto de pruebas no radiológicas, las cuales podemos poner en curso, orientados por la clínica y la exploración del caso concreto.
Como hemos visto, existen numerosas exploraciones que pueden realizarse entre las que se encuentran las pruebas neurofisiológicas, la biomecánica, las pruebas vasculares, etcétera.
Sin embargo, tanto para una orientación de las exploraciones a realizar como para su interpretación “ad hoc”, se precisa el ojo experto de profesionales con experiencia en lesiones medulares y, preferiblemente, con experiencia medicolegal.
Como hemos visto, son numerosas las contingencias que pueden darse detrás de un daño medular sin correlato radiológico y, por ello, la opinión experta es más necesaria que nunca.
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El Dr. Aso Escario es Doctor en Medicina y Cirugía, Medico Forense, Especialista en Medicina Legal y Forense, Especialista en Neurocirugía, Profesor Universitario acreditado (ANECA) y miembro correspondiente de la Real Academia de Medicina de Zaragoza.
Cuenta con más de 30 años de experiencia en el campo de la Medicina Forense y es autor de varios libros sobre el tema así como de numerosos artículos, tanto en revistas nacionales como internacionales.
Ha dirigido cursos de especialización y formación para Médicos Forenses en España e impartido numerosas conferencias y seminarios sobre Medicina Legal.
Además de en otros aspectos de la Medicina Forense, es un autor acreditado, en particular, como experto en problemática médico-legal del Sistema nervioso y de la columna vertebral, dada su condición adicional de Especialista en neurocirugía.
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Aso Escario José. Lesión medular con normalidad radiológica. Problemática médico-legal. Disponible en: https://www.peritajes-medicos.es/lesion-medular-con-normalidad-radiologica-problematica-medico-legal/. Publicado el 24 de Julio de 2022. Accedido el 24/07/2022